Administrador de comunidades de Alicante: conoce las normas
Cuando una persona es propietario de una vivienda de una comunidad, ha de conocer unas normas básicas para que pueda evitar problemas que hasta día de hoy, pensaba que no tenían solución por su desconocimiento. En Servigestión, el administrador de comunidades de Alicante, te ayudamos a comprenderlas.
- La Ley de Propiedad Horizontal es el encargado de establecer los reglamentos que tu comunidad ha de cumplir para el orden y funcionamiento de la convivencia. (convocatorias de juntas, nombramientos de presidentes, etc.…)
- Los estatutos que cada comunidad de propietarios establezcan (derechos, obligaciones, seguro, reparaciones…) no pueden ir por encima de las normas que regula la Ley de Propiedad Horizontal. Además, las normas de régimen interior tampoco podrán dictarse sin cumplir los requisitos que establece la Ley de Propiedad Horizontal. Las normas que cada grupo de vecinos establezca en su comunidad podrá ir variando conforme a la aprobación mayoritario de las juntas, pero dichas normas no podrán modificar las de la Ley de Propiedad Horizontal
- Todo propietario o vecino ha de diferenciar entre lo privado y común de su comunidad. Lo privado se refiere a al piso o local en sí, garaje, desván, terraza o balcón, buzón, buhardilla y sótano. Los aspectos comunes de tu comunidad son los que dicta el art 396 del Código Civil: pasillos, escaleras, muros, ascensores, portales, cuadros de luces, terraza comunitaria, etc.…
- La junta de propietarios rige el funcionamiento de tu comunidad. En una junta puedes desde establecer algún estatuto, nombrar un nuevo presidente o administrador de comunidades, hasta aprobar los presupuestos anuales.
Funciones del presidente como administrador de comunidades
Las funciones del administrador de comunidades de Alicante son las siguientes:
- Clausurar las actas. Cada presidente de la comunidad tendrá la responsabilidad de cerrar el acta de cada junta anual o extraordinria, teniendo que firmar para dar fe de ello en un plazo máximo de 10 días.
- Convocar juntar. El presidente tendrá la obligación de convocar como mínimo una reunión anual, convocando una segunda en un plazo de 30 minutos. En ella se podrá aprobar presupuestos, nombrar nuevos propietarios, presidentes o administradores, todo ello como mínimo la cuarta parte de los propietarios. Tendrá que indicar con tiempo le fecha exacta de la junta y podrá convocar una junta extraordinaria si el resto de propietarios están de acuerdos en aprobar o suspender el elemento del día.
- Prohibir actos que intermedien en el convivir de la comunidad. Un propietario podrá comunicar al presidente cualquier acción que impida la convivencia (ruido, humaredas, suciedad, etc….). El presidente tendrá la potestad de cesar cualquier de dichas actividades molestas.
- Realizar las funciones de un administrador de comunidades. Las funciones del administrador podrá desempeñarlas el propio presidente u otro de los propietarios, según el artículo 13.4 de la ley de Propiedad Horizontal.
- Luchar contra la morosidad. En casa de que halla un vecino que no esté a corriente de pago de sus obligaciones, el presidente podrá exigirle sus cuotas judicialmente, previamente aprobado en junta.
- Realizar nuevos contratos para el mantenimiento de la comunidad. Siempre que los propietarios hayan dado su aprobación, el presidente será el responsable de realizar contratos de obra para que la comunidad no posee ningún desperfecto.
EN SERVIGESTIÓN TE FACILITAMOS TU VIDA CON UN ADMINISTRADOR DE COMUNIDADES DE ALICANTE
Somos conscientes que ser propietario de una vivienda conlleva una gran responsabilidad. Por ello, si estas nociones básicas te han interesado y te han ayudado entender como ha de funcionar tu comunidad porque acabas de ser propietario o te acaban de nombrar presidente y quieres sentirte un poco más libre, Servigestión te facilita esa liberación ofreciéndote un administrador de comunidades de Alicante.
Nuestra empresa cuenta con más de 20 años de experiencia y con un sello de excelencia que nos ha sido otorgada por mejorar la calidad de vida de cada propietario al mejor precio.
¿DÓNDE PUEDE CONTRATAR UN ADMINISTRADOR DE COMUNIDADES DE ALICANTE?
Servigestión está localizada en la calle Vicente Blasco Ibáñez, 13 – 03201 Elche (Alicante) para que puedas contratar a un administrador para tu comunidad de Alicante. Puedes llamarnos al teléfono 965 430 444 o al móvil 625 137 213 o bien escribirnos un mensaje al correo ervigestion@valverde.biz o pepe@valverde.biz